31 de julio de 2018
Los grises de la polémica
¿El reglamento ampara a Boca para incorporar a Olaza? ¿O le dan la razón a DOnofrio y quienes lo cuestionaron? Aquí, letra sobre letra qué dicen los artículos de la disputa.�
Todos hablan de la incorporación de Lucas Olaza a Boca por la polémica que genera en cuanto al cupo de jugadores. El Xeneize ya tiene en su plantel al máximo reglamentario de extranjeros, seis, y con el uruguayo se excede. Sin embargo, por la lesión de Frank Fabra, Boca argumenta que se le abre la posibilidad. Desde otros equipos (DOnofrio, Gallardo, Blanco) salieron a cuestionar el tema. ¿Como se resuelve?
Fácil. Ante una disputa de este tipo, hay que recurrir a la frÃa letra del reglamento, el cual no deberÃa dejar dudas y tendrÃa que marcar los lÃmites de lo legal.
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Básicamente existen dos artÃculos del Convenio Colectivo de Trabajo N°557/09 entre la Asociación del Fútbol Argentino y Futbolistas Argentinos Agremiados que abarcan el tema. A saber:
ArtÃculo 10°. Número de futbolistas contratados: Cada club tiene derecho a tener contratado el número de futbolistas profesionales que desee, sin limitación. Si por enfermedad, lesiones o suspensiones el futbolista debiera permanecer inactivo por un lapso mayor de cuatro (4) meses, el club podrá contratar a otro en su reemplazo, sin dejar de cumplir por ello con las obligaciones contraÃdas con aquél.
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En este sentido, la ley ampara a Boca, ya que el colombiano sufrió la rotura de ligamentos de una rodilla y estará sin jugar al menos el plazo que estipula la regla. Sin embargo, hay otro artÃculo en cuestión...
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ArtÃculo 31°. Cupo de extranjeros (modificado): Los clubes que participen de la Superliga (Primera A) podrán celebrar y registrar contratos hasta un máximo de seis (6) jugadores extranjeros por cada club, de los cuales solo cinco (5) estarán habilitados para suscribir planilla en cada partido oficial. En el resto de las categorÃas profesionales seguirá vigente la normativa actual.
AquÃ, nada refiere a lesionados, por lo cual quienes estén en contra se pueden agarrar de este apartado del Convenio, en el que claramente se alude a seis extranjeros.
Entonces, por un lado está la posibilidad del reemplazo y, por otro, la imposibilidad de sumar un séptimo foráneo. El tÃpico gris que será interpretado a partir de la conveniencia de cada uno ¿Quién tiene razón? Para algo están los reglamentos... FacÃl, ¿no?
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