La Cámara de Diputados aprobó en general por 203 votos el proyecto que modifica el Código Civil y Comercial para quitarle la responsabilidad parental (antes llamada "patria potestad") a los condenados por homicidio agravado por el vínculo, femicidios, lesiones graves y abuso sexual, e incorporó además la suspensión de esa responsabilidad cuando el juez dicta el procesamiento al acusado.

Uno de los debates que se generó en el recinto fue a raíz de que se equiparó a mujeres y hombres en cuanto a las sanciones de quita de patria potestad que se aplicará cuando reciban una condena, ya que legisladoras como Victoria Donda y Araceli Ferreyra plantearon que "sólo tenían que recibir esa pena los femicidas".

El dictamen votado en general por el plenario legislativo deberá volver al Senado para su sanción definitiva, ya que se modificó el proyecto aprobado en la cámara alta y se incorporaron otras causas para disponer la quita de la responsabilidad parental, como "lesiones graves y abuso sexual".

El debate fue abierto por el presidente de la comisión de Legislación General, Daniel Lipovetzky, quien destacó "el consenso alcanzado entre los diputados de diferentes bloques para acordar las reformas al proyecto del Senado".

Y afirmó que "se trabajó con gran responsabilidad para establecer las causas por las que se dictará la pérdida automática de responsabilidad parental cuando exista una condena por homicidio agravado por el vínculo y femicidio", así como por otros delitos. 

"No queremos que se repitan casos como los de Rosana Galliano, por cuyo asesinato fue condenado su marido José Arce y su suegra Elsa Aguilar, pero sus hijos quedaron a su cargo, tal como estableció el juez de la causa", recordó el legislador macrista.

En ese sentido, Lipovetzky dijo que "es evidente que la recuperación del niño no se puede dar si está a cargo de quien asesinó a su madre".

En tanto, la presidenta de la comisión de Familia, la radical Alejandra Martínez, reivindicó que se establezca que "debe haber pérdida automática de la responsabilidad parental para delitos aberrantes como el femicidio, el homicidio agravado por el vínculo, lesiones gravísimas y el abuso sexual contra el hijo o la hija".

Destacó además la incorporación en el artículo 702 inciso E del Código Civil, que se refiere a la "suspensión de la responsabilidad una vez que se dicte el procesamiento".