31 de enero de 2017
Vía DNU Macri modificó la ley de Migración
En concreto, los cambios "endurecen" los controles sobre el ingreso de personas extranjeras y facilitan la deportación, en caso de delito. No podrán ingresar a la Argentina narcotraficantes, ni personas relacionadas al tráfico de personas, armas, órganos y tejidos, lavado, inversiones ilícitas. <strong>Los detalles.� </strong>
El Gobierno modificó la Ley de Migraciones mediante un decreto de necesidad y urgencia (DNU) que se publicó hoy en el BoletÃn Oficial.
Según se indicó, “ante recientes hechos de criminalidad organizada de público y notorio conocimiento, el Estado Nacional ha enfrentado severas dificultades para concretar órdenes de expulsión dictadas contra personas de nacionalidad extranjera, como consecuencia de un complejo procedimiento recursivo que, en algunos casos, puede llegar a 7 años de tramitaciónâ€.
Asimismo, el decreto número 70 consignó que “en los últimos años se verifica una proporción sumamente baja en la relación existente entre la cantidad de expulsiones dispuestas por la autoridad migratoria competente, fundadas en la existencia de antecedentes penales, y las efectivamente concretadasâ€.
En resumen, las modificaciones a la Ley 25.871, son algunas de las siguientes:
* No podrán entrar narcotraficantes al paÃs. El documento dice que para que lo afecte la prohibición tiene que: "haber sido condenado o estar cumpliendo condena, en la Argentina o en el exterior, o tener antecedentes por tráfico de armas, de personas, de estupefacientes o por lavado de dinero o inversiones en actividades ilÃcitas o delito que merezca para la legislación argentina pena privativa de la libertad de tres años o más".
* También, el DNU divide a los delitos entre comunes y, por otro lado, los más complejos, como por ejemplo el tráfico de drogas, personas, armas, órganos y tejidos (categorÃa nueva) lavado, inversiones ilÃcitas.
* También afectará a aquellos que tengan antecedentes penales en su paÃs de origen o antecedentes de haber participado de alguna organización de crimen organizado.
* Incluye a los inmigrantes que hayan pagado para ser traÃdos a la Argentina. Quienes podrán conservar su residencia, en caso de ayudar a detener a la persona que los "traficó" para cruzar la frontera.
* Tampoco podrán traspasar las fronteras nacionales aquellas personas que presenten documentación falsa u omitan informar sobre sus antecedentes penales.
* También creció el tiempo en que se prohÃbe el reingreso al paÃs luego de una expulsión. Antes de este DNU era de cinco años. Ahora, será de ocho años por delitos dolosos y 5 años por delitos culposos.
* El decreto alcanza a las residencias en trámite, las cuales puede dar de baja en caso de fraude en la documentación y condenas (estén o no firmes) por los delitos arriba mencionados.
* Otro Ãtem que se modifica es el que habla de motivos que cancelan la "residencia permanente". Como el hecho de haber "permanecido fuera del territorio nacional por un perÃodo superior a dos años o la mitad del plazo acordado, si se trata de residencia temporaria, excepto que la ausencia obedezca al ejercicio de una función pública argentina o se haya generado en razón de actividades, estudios o investigaciones que pudiesen ser de interés".
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