3 de noviembre de 2016
Vía libre: Uber no es delito
Así lo determinó la Cámara del Crimen tras revisar el fallo de la Justicia que habilita la utilización de la aplicación para transportarse dentro del territorio argentino. Los jueces coincidieron en que "enrolar conductores para que realicen viajes contratados no lleva razonablemete a evaluar la existencia del tipo penal aludido".
La Cámara del Crimen confirmó por unanimidad el fallo que determinó que conducir para la aplicación de transporte "Uber" no es delito.
La Sala Quinta del tribunal, con los votos coincidentes de los jueces Ricardo Pinto, Mirta Lopez González y Mauro Divito, ratificó asà el fallo de primera instancia que habÃa dictado el juez Luis Zelaya. Aquella resolución desestimó por "inexistencia de delito" la denuncia que la gremial de los taxistas formuló contra 33 conductores de Uber por los presuntos delitos de "entorpecimiento del transporte, desobediencia, competencia desleal, instigación a cometer delitos y asociación ilÃcita".
Ahora, el tribunal de alzada determinó que "la prestación del servicio de transporte de pasajeros sin contar con habilitación oficial no configura una conducta tipificada por la legislación punitiva. No se advierte cuál serÃa el delito concreto al que se habrÃa instigado ni los delitos indeterminados que tendrÃa por objeto la supuesta asociación ilÃcita".
"La alegada comisión del delito previsto en el artÃculo 194 del Código Penal (entorpecimiento del tránsito) por los efectos que provocarÃan los autos que ofrezcan el servicio, se plantea como algo conjetural en un futuro, por lo cual el enrolar conductores para que realicen viajes contratados no lleva razonablemete a evaluar la existencia del tipo penal aludido", coincidieron los jueces.
"La denuncia parece revelar que la discusión aquà planteada gira en derredor de la disconformidad de los denunciantes con la aparición de un competidor comercial, destacando que el fuero penal no es la vÃa apropiada para resolver tal conflicto", añade la resolución, a la que tuvo acceso DyN.
En primera instancia, el fiscal Jorge Ballestrero solicitó la desestimación de las actuaciones y "descartó las hipótesis de la instigación delictiva o de la asociación ilÃcita, al puntualizar que finalmente se trata del desarrollo de una actividad comercial lÃcita".
El juez Zelaya coincidió con ese criterio: "no parece lógico que la intención de los acusados esté o haya estado orientada a entorpecer el transporte al que pretenden sumar sus servicios".
"Más allá de la conflictividad que -sobre todo mediáticamente- ha desatado la aparición de UBER, lo concreto, lo real, es que, no se observa que en la vida cotidiana de los porteños se haya visto alterada la regularidad y eficiencia del servicio público de transporte individual de pasajeros ni cualquier otro, por cierto", remarcó el juez Zelaya.
COMPARTIR:
Notas Relacionadas
El municipio inició la semana con trabajos de mantenimiento de desagües pluviales
A través de la gestión del intendente Ing. Roger E. Nediani, la Secretaría de Obras Públicas continúa realizando relevamiento de los sectores donde se encuentran ubicados los desagües pluviales en la ciudad de La Banda para garantizar su normal funcionamiento.La Banda conmemoró el 176° aniversario del paso a la inmortalidad del General San Martín
La Dirección General de Salud de la Municipalidad de La Banda informó que se realizará el lanzamiento oficial de una nueva etapa del programa provincial "1700 Días" que en esta instancia beneficiará a los adultos mayores bandeños.