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13 de octubre de 2024

Iniciativas necesarias previas al juramento de González Urrutia como presidente de Venezuela

El propósito del socialismo del siglo 21 es descabezar la dirigencia de la oposición victoriosa para dejar sin conducción al pueblo venezolano

>La dictadura de Venezuela presenta al mundo el más irracional periodo de transición entre la elección del 28 de Julio (28-J) y la juramentación del presidente electo Edmundo González Urrutia el próximo 10 de enero, con represión y terrorismo de Estado como último recurso para retener el poder. Las acciones criminales del socialismo del siglo 21 en Venezuela buscan infundir miedo a la población para desanimarla en el cumplimiento del triunfo electoral, forzar una nueva ola migratoria, desorganizar la dirigencia opositora y eliminar política o físicamente a María Corina Machado. Esta situación impone iniciativas e instalar la transición.

El propósito del socialismo del siglo 21 es descabezar la dirigencia de la oposición victoriosa para dejar sin conducción al pueblo venezolano. Buscan hacer inoperable la oposición real para dar espacio a la oposición funcional, desanimando a los votantes que el 28-J repudiaron a Nicolás Maduro y a la dictadura/narcoestado que representa.

La manera de defender y hacer cumplir el triunfo del 28-J es utilizar los mecanismos de la democracia y hacerlo de manera pública y notoria. El pueblo venezolano debe estar informado de las acciones que sus líderes toman para hacer respetar su voluntad soberana, y para que la comunidad internacional acompañe las acciones del nuevo poder político de Venezuela. Se trata de que González Urrutia y Machado presenten los mandos y acciones concretas con las que a partir de ahora y con acciones de gobierno desde el 10 de enero ejercerán la recuperación la libertad y la democracia en Venezuela.

Entre las iniciativas necesarias está en primer lugar nombrar y activar un “equipo de transición” con competencia nacional e internacional, con comisiones de tres o más miembros en la áreas de Relaciones Exteriores, Defensa, Interior o Gobierno, Economía, Petróleo, Educación, y más.

El artículo 236 inc. 20 de la Constitución de Venezuela otorga al Presidente la potestad de “fijar el número, organización y competencia de los ministerios y otros organismos de la Administración Pública Nacional, así como también la organización y funcionamiento del Consejo de Ministros…”, de donde es muy importante que en breve se señale por González Urrutia y Machado esta organización, que es la base de la administración y gobernabilidad. Existen diversas formas de organización y competencia de los ministerios, pero sin duda no se puede mantener el de la dictadura y habrá que pensar en la pertinencia de un primer ministro, premier o jefe de gabinete.

El equipo de transición tiene autoridad por la legitimidad que le da la victoria del 28-J y debe empezar a pedir informes a los funcionarios del régimen recordándoles que por mandato del artículo 139 de la Constitución “el ejercicio del poder público acarrea responsabilidad individual por abuso o desviación del poder o por violación de la Constitución o la ley”. Y más….

No se trata de negociar con el ya arrinconado Nicolás Maduro y la dictadura trasnacional que ocupa Venezuela, hay que ejecutar la victoria del 28-J con iniciativas democráticas.

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