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22 de diciembre de 2017

Primeros amparos por la reforma previsional

Son varias las presentaciones colectivas que buscan frenar esta nueva ley. Una de estas corresponde al intendente de la localidad bonaerense de San Martín, Gabriel Katopodis, otras dos tuvieron lugar en Catamarca y Córdoba, en tanto una restante fue presentada por un abogado. Además, ex combatientes de Malvinas solicitaron que se declare "inconstitucional". 

En nombre de todos los jubilados de San Martín, el intendente de ese partido bonaerense,

Gabriel Katopodis

, anunció la presentación de un amparo judicial para que la reforma previsional aprobada el pasado martes por el Congreso sea declarada inconstitucional.

“No vamos a permitir que el Gobierno tome medidas que les quitan poder adquisitivo a los más débiles. Vamos a acompañar a los jubilados de San Martín en sus reclamos y por eso recurrimos a la

Justicia

."
, el intendente bonaerense.

La medida presentada ante el Juzgado Federal en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo 1 de San Martín solicita que se dicte la medida cautelar de no innovar debiendo el Estado Nacional, a través de la ANSES, liquidar los haberes jubilatorios conforme la ley 24.241.

"Una medida como esta, en un sistema de seguridad social que tiene que dar certidumbre, está violando y cercenando derechos como el principio de movilidad, de progresividad y de universalidad", advirtió Katopodis en declaraciones a radio Continental.

"Lo presentamos junto a centros de jubilados de San Martín en representación de todos los adultos mayores de nuestra ciudad entendiendo que hay una violación a principios básicos del sistema de seguridad social", indicó el intendente y agregó que: "La justicia tiene que permitirle a los adultos mayores, en este caso de San Martín, poder ampararse y que exista una medida cautelar porque sin duda es un ajuste y una medida regresiva que específicamente es amparada por la Constitución Nacional".

Destacó que la medida está planteada como urgente porque hay un derecho que está siendo violado y requiere el amparo de la justicia: "El gobierno sin dudas necesita recursos, necesita plata, y se la saca a los jubilados. Es un camino que ya se uso en la Argentina y no dio buenos resultados", señaló el intendente.

Al mismo tiempo, en

Catamarca

 otro amparo fue presentado en forma colectiva para tratar de evitar que la ley se lleve a cabo.

Además, un recurso de amparo en contra de la recientemente sancionada ley de

Reforma Previsional

fue presentado este jueves en la

Justicia

Federal de Córdoba, en base a un planteo de inconstitucionalidad porque "vulnera el principio de protección de los intereses económicos del sistema de la seguridad social".

La presentación fue formalizada en la mañana de esta jornada en los Tribunales Federales de la capital de Córdoba por los abogados Horacio Viqueira y Valentina Enet, en representación del jubilado Julio César Spidialeri (68).

En la presentación contra la Administración Nacional de Seguridad Social (Anses), se solicita "se declare la inconstitucionalidad de la Ley 27.426", y también se pide una "medida cautelar genérica urgente de no innovar" y se "suspendan las normas impugnadas".

Los letrados exigen que hasta tanto la

Justicia

se expida sobre la cuestión de fondo del planteo se mantenga vigente la actual ley 26.417, de Movilidad de las Prestaciones del Régimen Previsional Público.

Entre los principales fundamentos, los letrados consideran que la nueva ley previsional "tiene como un único objeto generar un fuerte ahorro fiscal de entre 70.000 y 100.00 millones de pesos".

Por lo tanto, advierten que esa disminución del poder adquisitivo "representa un claro retroceso y una violación del principio de progresividad previsto en los pactos internacionales suscriptos y ratificados por nuestro país".

"La nueva fórmula de movilidad es regresiva y en consecuencia inconstitucional", afirman los abogados en el recurso de amparo.

Plantearon que la nueva movilidad previsional representa una "quita salarial significativa" para los jubilados y pensionados, y que lo mismo ocurrirá con otros beneficiarios del sistema de seguridad social.

También cuestionaron que "el bono que se otorgará por única vez no alcanza a cubrir el desfasaje” y que resulta “discriminatorio" porque no se incluye a todos.

También se planteó la inconstitucionalidad en contra de la norma que establece que todas las demandas sobre el nuevo cálculo jubilatorio se acumulen en un mismo magistrado, por lo tanto los letrados exigen que sea resuelto por el juez natural.

Por último, el abogado Miguel Ángel Fernández Pastor solicitó que se declare la inconstitucionalidad de la reciente ley y del DNU del bono compensatorio, cuya vigencia viola los artículos 14 bis; 16, 17, 28, 31 y 75 de la Constitución Nacional y de la declaración Universal de los Derechos Humanos.


Entre los fundamentos del amparo se citan datos de dos informes del Centro de Economía Política Argentina (CEPA) donde estima un ahorro en 75.000 millones de pesos y la erogación por el bono del mes de marzo con un costo fiscal de 3.666 millones de pesos, por lo que el ahorro neto sería del orden de los 71.300 millones de pesos.

En efecto, la disminución del poder adquisitivo del haber de las prestaciones del conjunto de los beneficiarios representa un claro retroceso y violación del principio de progresividad previsto en los pactos internacionales suscriptos y ratificados por nuestro país.

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