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23 de febrero de 2025

Frente de batalla del “costo argentino”: el impuesto a los Ingresos Brutos explica el 82,5% de la recaudación de las provincias

Tal es el promedio de todos los distritos para un tributo distorsivo y de alto impacto sobre los precios, pero clave para las gobernaciones. En cuatro provincias la incidencia supera el 90%, Las intendencias, a su vez, suman las “tasas municipales”

>El impacto generado por el Impuesto a los Ingresos Brutos en la economía argentina ha sido históricamente objeto de críticas frecuentes debido al incentivo que propicia hacia la informalidad económica. Al gravar cada etapa de la cadena de producción y comercialización sin permitir deducciones, este tributo incrementa significativamente los costos de bienes y servicios a través de un “efecto cascada”. Este mecanismo de acumulación, según señalan empresarios, economistas y especialistas tributarios, representa un obstáculo tanto para el poder adquisitivo de los consumidores como para la competitividad de las empresas.

Sin embargo, ese repudio generalizado no se traduce en la derogación de ese gravamen, o aunque sea una disminución de sus alícuotas. Los intentos se remontan a 1993 y desde entonces Ingresos Brutos sale indemne ante todos los avances en su contra. Y en algunos casos, con aumentos diferenciados en sus alícuotas.

El impuesto a los Ingresos Brutos tiene un peso particularmente alto en la recaudación de las provincias, lo que claramente lleva a un rechazo generalizado por parte de las diferentes jurisdicciones de bajar el tributo.

De acuerdo con un análisis de Eco Go, Ingresos Brutos representa, en promedio, el 82,5% de lo que recaudan las provincias de impuestos locales. El resto se distribuye entre el Automotor, el Inmobiliario, Sellos y otros ingresos.

En el otro extremo se encuentra Misiones. En ese caso, Ingresos Brutos representa el 93,2% de todo lo que recauda esa jurisdicción en impuestos provinciales. También están por arriba del 90% las provincias de Catamarca (92,3%), Neuquén (91,8%) y Salta (90,8%).

CABA, por su parte, se encuentra cerca del promedio, con un porcentaje del 82,4%.

El impuesto a los Ingresos Brutos fue creado en 1977 y puesto en ejecución de inmediato en todas las provincias, en el marco de un cambio del esquema tributario nacional y provincial iniciado en 1974 con el reemplazo de Réditos por Ganancias y seguido en 1975 con el Impuesto al Valor Agregado (IVA). Desde entonces –y más allá de los fundamentos teóricos que le dieron origen- se transformó en la principal herramienta de los ministros de Economía provinciales después de la Coparticipación Federal, al punto de alcanzar las proporciones ya señaladas. Pero también se convirtió en el blanco preferido de los empresarios, por una serie de cuestionamientos que se pueden sintetizar en los siguientes:

2. Requiere incurrir en el costo de contratar de equipos de contadores dedicados específicamente a evaluar su impacto: las alícuotas varían de provincia en provincia y a veces año tras año dentro en un mismo distrito. Asimismo, el hecho imponible no es exactamente igual en las 24 jurisdicciones.

No solo Ingresos Brutos ha generado polémica en los últimos meses. Recientemente, el Ministerio de Economía instó a las provincias a tomar medidas para que los municipios eliminen las tasas municipales cuyo valor exceda el costo real de los servicios brindados. Según la cartera, estas tasas serían “ilegales y arbitrarias” al coincidir, de manera total o parcial, con hechos imponibles o bases de impuestos nacionales coparticipables. En un escrito presentado, se solicitó también que los municipios que no acaten estas disposiciones sean excluidos de la participación en la masa de coparticipación federal.

El Gobierno nacional ya había adoptado medidas previas para combatir este tipo de cobros. Entre ellas, la prohibición a los proveedores de servicios públicos de incluir en sus facturas tasas que no guarden relación directa con los servicios suministrados. El objetivo ha sido evitar que los municipios continúen creando y aplicando tasas indirectas a través de otros canales de facturación. Además, se presentó una demanda ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación contra el Municipio de Lomas de Zamora y la provincia de Buenos Aires por la presunta ilegalidad de la denominada “tasa vial”, lo que generó un nuevo frente de controversia en torno a la carga tributaria.

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