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8 de septiembre de 2023

La CIDH celebró la despenalización del aborto en México

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) difundió un comunicado en su cuenta de X (ex Twitter) y celebró el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de México que despenalizó el pasado miércoles el aborto a nivel nacional.

08-09-2023 | 15:48

El organismo realizó una comunicación oficial a través de X (ex Twitter) / Foto: Archivo.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) celebró este viernes el fallo de la Suprema Corte de Justicia (SCJN) de México que despenalizó el pasado miércoles el aborto a nivel nacional, y declaró inconstitucionales los artículos del Código Penal que criminalizan la interrupción del embarazo.

"CIDH saluda la decisión de la Primera Sala de la SCJN que determinó la inconstitucionalidad de las disposiciones del Código Penal Federal que criminalizan de forma absoluta la interrupción voluntaria del embarazo, y reconoce el impacto de esta decisión para mejorar el acceso a servicios de aborto en instituciones federales de salud", expresó el organismo en su red social X (antes conocida como Twitter).


Y agregó: "La CIDH valora los avances en la protección y garantía de derechos reproductivos de mujeres y personas con capacidad de gestar".

La ministra de la Corte, Margarita Ríos Farjat, fue la que tomó el recurso de amparo de la organización feminista mexicana Grupo de Información en Reproducción Elegida (GIRE) para "eliminar el delito de aborto" del Código Penal Federal (CPF), y que todas las mujeres y personas con capacidad de gestar puedan acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal de salud.

Las mujeres y personas con capacidad de gestar podrán acceder a servicios de aborto en cualquier institución federal / Foto: Archivo.

Así, elaboró este jueves el dictamen que resultó aprobado por unanimidad el pasado miércoles y que permitirá que se deroguen los artículos 330, 331, 332, 333 y 334 del CPF, que sancionan con prisión a las mujeres que abortan en el país.

Los mencionados artículos imponían una pena de prisión de seis meses a cinco años a la mujer o la persona con capacidad de gestar que decidiera voluntariamente interrumpir su embarazo; de igual manera, la inhabilitación de dos a cinco años para el personal de salud.
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