Jueves 5 de Noviembre de 2026

Hoy es Jueves 5 de Noviembre de 2026 y son las 22:47

17 de julio de 2023

Eliminan el trámite de fe de vida para jubilados y pensionados

La eliminación del trámite de fe de vida de jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas comenzó a regir con la publicación del decreto que promulga la ley sancionada por el Congreso.

17-07-2023 | 10:15

Comenzó a regir la eliminación del trámite de fe de vida de jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributiva Foto: Archivo.

La eliminación del trámite de fe de vida de jubilados, pensionados y titulares de pensiones no contributivas, sancionada el 5 de julio pasado por el Congreso Nacional, comenzó a regir a regir ese lunes con la publicación del decreto que la promulga en el Boletín Oficial.

Se trata de la Ley 27.721, promulgada a través del Decreto 365/2023, que lleva las firmas del presidente Alberto Fernández; del jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y de la ministra de Trabajo, Raquel Kelly Kismer de Olmos.

"En uso de las facultades conferidas por el artículo 78 de la Constitución Nacional promúlgase la Ley Nº 27.721 sancionada por el Honorable Congreso de la Nación en su sesión del día 5 de julio de 2023", señala la norma.

Lo que dice la ley

La Ley 27.721 deja sin efecto la obligación de presentar declaración de supervivencia o fe de vida, y beneficia a jubilados y pensionados tanto del Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como beneficiarios de pensiones no contributivas.



El primer artículo establece que los beneficiarios "quedan eximidos de la obligación de presentar la declaración de supervivencia o fe de vida, así como cualquier trámite complementario con igual fin, quedando sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales".

La ley 27.721 fue promulgada a través del Decreto 365/2023 del Poder Ejecutivo Nacional / Foto: Archivo.

La ley -sancionada por 170 votos a favor y 3 en contra- modifica el artículo 2 de la ley 26.704, y elimina el requisito de realizar acción alguna para acreditar supervivencia.

La nueva redacción del artículo 2, establece que "los haberes o prestaciones de la seguridad social que integran el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA) como aquellas comprendidas en el Sistema de Pensiones no Contributivas a cargo del Anses no requerirán, en ningún caso, de la realización de acción deliberada alguna a cargo de la persona beneficiaria o apoderada para acreditar supervivencia".
Etiquetas:
  • jubilaciones

  • jubilados

  • Poder Ejecutivo

COMPARTIR:

Notas Relacionadas

LA BANDA
La Escuela Primaria Municipal abrirá la preinscripción a 1° grado para el ciclo lectivo 2027

La Escuela Primaria Municipal abrirá la preinscripción a 1° grado para el ciclo lectivo 2027

La Escuela Primaria Municipal N° 1 “Ada Nilda Alderete” de la ciudad de La Banda informa a las familias que durante el mes de octubre se llevará a cabo el período de preinscripción a primer grado para el ciclo lectivo 2027.
LA BANDA

Jardines de infantes municipales celebraron la llegada de la primavera con actividades recreativas�

La Municipalidad de La Banda, a través del área de Educación, llevó adelante este miércoles una “Caminata de los Jardines Municipales para recibir la Primavera”, como parte de las actividades programadas por la Semana de la Primavera y en el marco del mes aniversario de la ciudad.
LA BANDA
 La Banda celebró su 114° aniversario con un acto protocolar en la plaza Manuel Belgrano

La Banda celebró su 114° aniversario con un acto protocolar en la plaza Manuel Belgrano


La ciudad de La Banda conmemoró este miércoles su 114° aniversario, con un acto protocolar que se desarrolló en horas de la mañana en la plaza Manuel Belgrano, con una importante participación de instituciones sociales y la ciudadanía.